Auto Supremo AS/1006/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1006/2017-RA

Fecha: 25-Sep-2017

En el marco de lo preceptuado por el art

II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:
En el marco de lo preceptuado por el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos por los arts. 277 y 274 del Código Procesal Civil, conforme a los siguientes puntos:
II.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible.-
Emitido el Auto de Vista Nº 0209/2017 de 25 de julio, cursante de fs. 697 a 699 y vta., y el Auto de aclaración complementación y enmienda de fecha 04 de agosto de 2017, cursante de fs. 705, se notificó a los codemandados, ahora recurrentes, en fecha 09 de agosto de 2017 (fs. 706), habiendo presentado el recurso de casación en fecha 21 de agosto del año en curso (conforme se evidencia del timbre electrónico de fs. 708), asimismo se notificó a los codemandantes, ahora recurrentes, en fecha 22 de agosto de 2017 (fs. 719), habiendo presentado el recurso de casación en fecha 23 de agosto del año en curso (conforme se evidencia del timbre electrónico de fs. 721), esto es dentro del plazo previsto por los arts. 273 y 226.V del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), recurso en el cual también se advierte que los referidos recurrentes identifican la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de pronunciada la Sentencia impugnaron dicha Resolución, y ante la emisión del Auto de Vista que Confirma la Sentencia ambas partes recurren de casación contra dicha Resolución definitiva de segunda instancia, lo que resulta ser permisible, de donde se infiere además que la referida Resolución resulta ser recurrible