De la revisión del recurso de casación de fs
II.2. Análisis del contenido del recurso de casación:
Recurso de casación de Carlos Johny Velarde Tapia
De la revisión del recurso de casación de fs. 466 a 471, deducido por Carlos Johny Velarde Tapia, se desprende que entre lo más relevante, acusa al Tribunal de Alzada que a tiempo de emitir el Auto de Vista incurre en la vulneración de los arts. 4 y 264 ambos del Código Procesal Civil; y la omisión del numeral 3 del Parágrafo II del art. 213 de la Ley 439, peticionando la nulidad de obrados; elementos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I-3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
Recurso de casación de Carlos Johny Velarde Tapia
De la revisión del recurso de casación de fs. 466 a 471, deducido por Carlos Johny Velarde Tapia, se desprende que entre lo más relevante, acusa al Tribunal de Alzada que a tiempo de emitir el Auto de Vista incurre en la vulneración de los arts. 4 y 264 ambos del Código Procesal Civil; y la omisión del numeral 3 del Parágrafo II del art. 213 de la Ley 439, peticionando la nulidad de obrados; elementos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I-3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Distrito: Potosí
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En el marco de lo preceptuado por el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Recurso de casación de Miguel Augusto Velarde Tapia
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
