En el propósito anterior y revisado tanto la Resolución Jerárquica Nº AGIT-RJ 0198/2017 de fs
En el propósito anterior y revisado tanto la Resolución Jerárquica Nº AGIT-RJ 0198/2017 de fs. 9 a 21, así como el memorial de demanda cursante a fs. 31 a 32 vta., se advierte que efectivamente los señores SIMON QUISPE QUISPE, PEDRO MAMANI LIPA Y RONALD ESPINOZA MAMANI, no impugnaron la Resolución Jerárquica citada, lo que supone que éstas personas no cumplieron con el presupuesto legal establecido por el art. 778 del Código de Procedimiento Civil, para habilitar su legitimación activa para la vía Contenciosa Administrativa en el presente proceso
- Expediente: 210/2017
- CONSIDERANDO: Que conforme al art
- En el propósito anterior y revisado tanto la Resolución Jerárquica Nº AGIT-RJ 0198/2017 de fs
- Asimismo la demanda de fs
- Consiguientemente y considerando que los requisitos exigibles antes descritos constituyen vicios insubsanables; en la vía
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese y notifíquese.
