Emitido el Auto de Vista Nº S-180/2017 de 21 de febrero, cursante de fs
Emitido el Auto de Vista Nº S-180/2017 de 21 de febrero, cursante de fs. 1057 a 1059 vta., se notificó a los demandados en fecha 28 de agosto de 2017 (fs. 1060 vta.), presentando los mismos complementación y enmienda de fs. 1061 a 1064, siendo notificados con la resolución de dicho memorial en fecha 19 de septiembre de 2017 (fs. 1065 vta.), habiendo presentando el recurso de casación Erick Sossa Rocha en representación legal de los demandados en fecha 29 de septiembre de 2017 (conforme se evidencia del cargo de presentación del secretario de sala de fs. 1131), esto es dentro del plazo previsto por el art. 273 del Código Procesal Civil, recurso en el cual también se advierte que los referidos recurrentes identifica la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia, los actores impugnaron dicha Resolución, y ante la emisión del Auto de Vista de fs. 1057 a 1059 vta. Razón por la cual los demandantes se encuentran habilitados para presentar el Recurso de Casación, conforme al sistema de impugnación vertical
- Chacon
- Proceso: Nulidad de Escritura Pública y Testamento Abierto
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista Nº S-180/2017 de 21 de febrero, cursante de fs
- II.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- Exponen como reclamos entre otros, la vulneración del art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
