POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil y art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación de fs. 1104 a 1130 vta., interpuesto por Erick Sossa Rocha en su condición de apoderado de los demandados Candelaria Ticona Vda. de Chacón, Álvaro Gutiérrez Ticona, German Javier Chacón Ticona y Rosa Rosio Rocha de Chacon contra el Auto de Vista Nº S-180/2017 de 21 de febrero, cursante de fs. 1057 a 1059 vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Chacon
- Proceso: Nulidad de Escritura Pública y Testamento Abierto
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista Nº S-180/2017 de 21 de febrero, cursante de fs
- II.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- Exponen como reclamos entre otros, la vulneración del art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
