De la revisión de los antecedentes se advierte que Elizabeth Roxana Vargas de Choque, responde
I.4. Petitorio
Concluyo señalando, que presenta recurso al auto de Vista Nº 202/2017.
I.5. Contestación al recurso de casación
De la revisión de los antecedentes se advierte que Elizabeth Roxana Vargas de Choque, responde al recurso der casación presentado por la parte contraria, señalando en síntesis lo siguiente:
Que la parte demandada interpone recurso de casación omitiendo cumplir con lo dispuesto por el Art. 211 del CPT, asimismo señalo que el recurso carece de fundamentación y se limita a indicar que no se habría consignado la declaración de testigos de descargo, sin explicar en que se funda la casación, no estableciendo si existió algún error en la aplicación de la interpretación
Concluyo señalando, que presenta recurso al auto de Vista Nº 202/2017.
I.5. Contestación al recurso de casación
De la revisión de los antecedentes se advierte que Elizabeth Roxana Vargas de Choque, responde al recurso der casación presentado por la parte contraria, señalando en síntesis lo siguiente:
Que la parte demandada interpone recurso de casación omitiendo cumplir con lo dispuesto por el Art. 211 del CPT, asimismo señalo que el recurso carece de fundamentación y se limita a indicar que no se habría consignado la declaración de testigos de descargo, sin explicar en que se funda la casación, no estableciendo si existió algún error en la aplicación de la interpretación
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO I
- I.2 Auto de Vista
- Dicha sentencia fue recurrida en apelación por la demandada (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que la compañía demandada formule el recurso de casación
- Asimismo señalo que no se consideró a los testigos de descargo y no constan en
- De la revisión de los antecedentes se advierte que Elizabeth Roxana Vargas de Choque, responde
- Concluyo solicitando que se rechace el recurso de casación y se dicte la ejecutoria del
- Que, interpuesto de esa manera el recurso de casación, es necesario precisar, que la abundante
- Asimismo, cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto,
- En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que la
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación conforme a la disposición legal contenida
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
