POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184.1 de la Constitución Política del Estado y el art. 42.I.1 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 153 y vta., interpuesto por Genara Rivas Mariaca, impugnando el Auto de Vista Nº 203/2017 de 25 de agosto, cursante de fs. 150 a 151, con costas
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO I
- I.2 Auto de Vista
- Dicha sentencia fue recurrida en apelación por la demandada (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que la compañía demandada formule el recurso de casación
- Asimismo señalo que no se consideró a los testigos de descargo y no constan en
- De la revisión de los antecedentes se advierte que Elizabeth Roxana Vargas de Choque, responde
- Concluyo solicitando que se rechace el recurso de casación y se dicte la ejecutoria del
- Que, interpuesto de esa manera el recurso de casación, es necesario precisar, que la abundante
- Asimismo, cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto,
- En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que la
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación conforme a la disposición legal contenida
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
