El mencionado Auto de Vista originó que la compañía demandada formule el recurso de casación
I.3. Motivos del recurso de casación
El mencionado Auto de Vista originó que la compañía demandada formule el recurso de casación cursante de fs. 107, que en lo esencial de su contenido señala:
Que, el Auto de Vista solo se basa en un criterio personal del juez, porque no fue Carlos Víctor Ochoa, quien contrato los servicios de Giovanna Grisel Ramírez Estévez, sino fue Rubén Altamirano, por lo que la demanda estaría mal dirigida
El mencionado Auto de Vista originó que la compañía demandada formule el recurso de casación cursante de fs. 107, que en lo esencial de su contenido señala:
Que, el Auto de Vista solo se basa en un criterio personal del juez, porque no fue Carlos Víctor Ochoa, quien contrato los servicios de Giovanna Grisel Ramírez Estévez, sino fue Rubén Altamirano, por lo que la demanda estaría mal dirigida
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- CONSIDERANDO I
- I.2 Auto de Vista
- Dicha sentencia fue recurrida en apelación por la empresa demandada (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que la compañía demandada formule el recurso de casación
- Por otra parte señala que ella misma reconoció que trabajo para SABINI y la demanda
- Finalmente señala que ella misma confeso que trabajo un tiempo en SABINI y otro tiempo
- De la revisión de los antecedentes se advierte que Giovanna Grisel Ramírez Estévez fue notificado
- en qué consiste la infracción que se denuncia o reclama, así como sugiriendo la posible
- Asimismo, cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto,
- En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que la
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación conforme a la disposición legal contenida
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
