Contra el auto de vista, Paola Marcela Diaz Soria Galvarro en representación de Laboratorios BAGO
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Contra el auto de vista, Paola Marcela Diaz Soria Galvarro en representación de Laboratorios BAGO de Bolivia S.A., formuló recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 246 a 250, en el que acusó:
1.- En la forma.- Que el Tribunal ad quem, incurrió infracción y vulneración del art. 223 del Código Procesal Civil aplicable por el art. 252 del Código Procesal del Trabajo, toda vez que el fundamento que motiva su solicitud de nulidad del proceso es que el Tribunal no pudo haber declarado a la demanda probada en todas sus partes, cuando la misma no ha otorgado al actor todo lo que el pretendía en sentencia, prueba de ello es que la cuantía que originalmente demandó fue de Bs. 63.985,23, monto que difiere de la condenada en sentencia que fue de Bs. 50.471, por ende debió ser declarada probada en parte y de ninguna manera probada en todas sus partes con el consiguiente pago de costas, por lo que al no fundarse el fallo en una norma existente motiva que sea reparado por el Tribunal Supremo de Justicia al encontrarse la sentencia viciada de nulidad
Contra el auto de vista, Paola Marcela Diaz Soria Galvarro en representación de Laboratorios BAGO de Bolivia S.A., formuló recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 246 a 250, en el que acusó:
1.- En la forma.- Que el Tribunal ad quem, incurrió infracción y vulneración del art. 223 del Código Procesal Civil aplicable por el art. 252 del Código Procesal del Trabajo, toda vez que el fundamento que motiva su solicitud de nulidad del proceso es que el Tribunal no pudo haber declarado a la demanda probada en todas sus partes, cuando la misma no ha otorgado al actor todo lo que el pretendía en sentencia, prueba de ello es que la cuantía que originalmente demandó fue de Bs. 63.985,23, monto que difiere de la condenada en sentencia que fue de Bs. 50.471, por ende debió ser declarada probada en parte y de ninguna manera probada en todas sus partes con el consiguiente pago de costas, por lo que al no fundarse el fallo en una norma existente motiva que sea reparado por el Tribunal Supremo de Justicia al encontrarse la sentencia viciada de nulidad
- Demandado: Laboratorio BAGO de Bolivia S.A
- Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de
- Interpuesto el recurso de apelación cursante de fs
- Contra el auto de vista, Paola Marcela Diaz Soria Galvarro en representación de Laboratorios BAGO
- Asimismo, indica incumplimiento del inc
- En el Fondo
- Concluyó solicitando se sirva ANULAR obrados hasta el vicio más antiguo, es decir hasta que
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- En ese entendido, de los antecedentes del proceso se tiene que la demanda de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
