Tanto el Auto de Vista como la Sentencia no toman en cuenta que los puntos
De la revisión del recurso de casación de fs. 976 a 978 vta., interpuesto por Elsa Loayza Cruz, se desprende que la recurrente expone como reclamos entre otros lo siguiente:
Tanto el Auto de Vista como la Sentencia no toman en cuenta que los puntos de la pericia realizada por el Arq. Roberto Julio Castro Salazar no fueron fijados en la audiencia preliminar, toda vez que en dicha audiencia solo se aceptó la pericia del Lic. Grover Alejandro Haquin Aguilar sobre un único punto el quantum de alquiler de las habitaciones ilegalmente ocupadas por la demandada desde enero del 2015 a la fecha, vulnerándose de esta forma el art. 5 del Código Procesal Civil
Tanto el Auto de Vista como la Sentencia no toman en cuenta que los puntos de la pericia realizada por el Arq. Roberto Julio Castro Salazar no fueron fijados en la audiencia preliminar, toda vez que en dicha audiencia solo se aceptó la pericia del Lic. Grover Alejandro Haquin Aguilar sobre un único punto el quantum de alquiler de las habitaciones ilegalmente ocupadas por la demandada desde enero del 2015 a la fecha, vulnerándose de esta forma el art. 5 del Código Procesal Civil
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- De la resolución impugnada
- Del plazo de presentación del recurso de casación
- De la legitimación procesal
- Del contenido del recurso de casación
- Tanto el Auto de Vista como la Sentencia no toman en cuenta que los puntos
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
