CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis en relación
Que el SEDCAM-Pando, ofreció prueba y el monto del subsidio de frontera debería ser más reducido, situación que los deja en indefensión e inseguridad jurídica, ya que como se demostró, el monto liquidado no es el real y correcto, conforme se acreditó en las pruebas presentadas, citando al respecto lo previsto en el art. 12 del DS Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985, señalando que no se valoró las planillas de sueldos de dichos meses, presentadas en el recurso de apelación.
I.2.1 Petitorio
Concluyó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido, con costas.
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis en relación a los datos del proceso se establece lo siguiente:
Al respecto, revisado el contenido textual del recurso, se advierte que el mismo contiene aspectos de forma y de fondo, sin embargo en su petitorio solicita se case el auto de vista recurrido, además que no lo hace de forma separada, advirtiéndose falta de pericia en su planteamiento, no obstante de ello, al existir hechos controvertidos que deben ser dilucidas, se ingresa a su análisis
I.2.1 Petitorio
Concluyó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido, con costas.
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis en relación a los datos del proceso se establece lo siguiente:
Al respecto, revisado el contenido textual del recurso, se advierte que el mismo contiene aspectos de forma y de fondo, sin embargo en su petitorio solicita se case el auto de vista recurrido, además que no lo hace de forma separada, advirtiéndose falta de pericia en su planteamiento, no obstante de ello, al existir hechos controvertidos que deben ser dilucidas, se ingresa a su análisis
- I.1.1 Sentencia
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma interpuesto por Ángel Boris Salvatierra
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis en relación
- En cuanto a los aspectos de forma, sobre la falta de fundamentación y motivación del
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, donde la parte recurrente cuestiona el
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que la parte recurrente, pretende se efectué una nueva
- Que en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
