Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma interpuesto por Ángel Boris Salvatierra
I.2 Motivos del recurso de casación
Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma interpuesto por Ángel Boris Salvatierra Justiniano, en representación de Erik David Mollinedo Romero, Director del Servicio Departamental de Caminos de Pando (SEDCAM-Pando), manifestando en síntesis:
Que el auto de vista impugnado, al margen de causar agravio a los intereses de la institución demandada, no consideró la fundamentación efectuada en el recurso de apelación, menos aún valoró las pruebas presentadas, puesto que el tribunal de alzada, al confirmar la sentencia de primera instancia, lo hizo sin la debida fundamentación, conforme se tiene de la línea jurisprudencial contenida en la SC Nº 1369/2001-R de 19 de septiembre
Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma interpuesto por Ángel Boris Salvatierra Justiniano, en representación de Erik David Mollinedo Romero, Director del Servicio Departamental de Caminos de Pando (SEDCAM-Pando), manifestando en síntesis:
Que el auto de vista impugnado, al margen de causar agravio a los intereses de la institución demandada, no consideró la fundamentación efectuada en el recurso de apelación, menos aún valoró las pruebas presentadas, puesto que el tribunal de alzada, al confirmar la sentencia de primera instancia, lo hizo sin la debida fundamentación, conforme se tiene de la línea jurisprudencial contenida en la SC Nº 1369/2001-R de 19 de septiembre
- I.1.1 Sentencia
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma interpuesto por Ángel Boris Salvatierra
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis en relación
- En cuanto a los aspectos de forma, sobre la falta de fundamentación y motivación del
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, donde la parte recurrente cuestiona el
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que la parte recurrente, pretende se efectué una nueva
- Que en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
