2
2.Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Rene Mollo Aguirre, mediante memorial de fs. 140 a 141 vta.; por Elena Vargas Flores mediante memorial a fs. 143; y por Alfredo Alcocer Camacho mediante memorial de fs. 144 a 146 vta.; la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emitió el Auto de Vista Nº 148/2018 de fecha 31 de julio, cursante de fs. 162 a 162 vta. de obrados, CONFIRMANDO la sentencia apelada Nº 83/17 conforme al art. 218.II-2 de la Ley 439
- de Mollo
- Distrito: Beni
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- 1.De la resolución impugnada
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3.De la Legitimación procesal
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
