Al respecto, dando cumplimiento a la Resolución Constitucional 10/2018 de 19 de octubre, se verificará
Al respecto, dando cumplimiento a la Resolución Constitucional 10/2018 de 19 de octubre, se verificará el fondo de la problemática planteada respecto a la supuesta vulneración del debido proceso en su vertiente falta de fundamentación en la valoración probatoria, atendiendo los criterios de flexibilización, por lo que el presente recurso deviene en admisible
- Por memorial presentado el 28 de agosto de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el acusador particular Juan Camacho Orosco, interpuso recurso de apelación restringida
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Respecto a los motivos primero y segundo el recurrente denuncia que la Sala Penal Primera
- Al respecto, dando cumplimiento a la Resolución Constitucional 10/2018 de 19 de octubre, se verificará
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
