Respecto a los motivos primero y segundo el recurrente denuncia que la Sala Penal Primera
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
De la revisión de antecedentes, tomando en cuenta que se ha dejado sin efecto el Auto Supremo 016/2018-RA de 1 de febrero (fs. 353 a 355), en mérito a la Resolución Constitucional 10/2018 de 19 de octubre (fs. 360 a 365 vta.), corresponde verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.
Respecto a los motivos primero y segundo el recurrente denuncia que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, al emitir el Auto de Vista impugnado, violentó y omitió la doctrina legal aplicable, estando establecidos en los Autos Supremos 354/2014-RRC de 30 de julio y 468/2014-RRC de 17 de septiembre, referentes a la adecuada valoración probatoria; y, que los vocales consideraron erradamente que la Sentencia impugnada contendría fundamentación probatoria, analítica e intelectiva, cuando fuese totalmente lo contrario
- Por memorial presentado el 28 de agosto de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el acusador particular Juan Camacho Orosco, interpuso recurso de apelación restringida
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Respecto a los motivos primero y segundo el recurrente denuncia que la Sala Penal Primera
- Al respecto, dando cumplimiento a la Resolución Constitucional 10/2018 de 19 de octubre, se verificará
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
