Por memorial presentado el 21 de septiembre de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 1092/2018-RA
Sucre, 21 de diciembre de 2018
Expediente: Santa Cruz 163/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Marcelina Rocha Rodríguez
Delitos : Avasallamiento y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de septiembre de 2018, cursante de fs. 1060 a 1066, Edelmira Claros de Gonzales y Jonathan Gonzales Claros, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 52 de 22 de junio de 2018, de fs. 1023 a 1026 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de los recurrentes contra Marcelina Rocha Rodríguez, por la presunta comisión del delito Uso de Instrumento Falsificado y Avasallamiento, previstos y sancionados por los arts. 203 y 351 Bis del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 1092/2018-RA
Sucre, 21 de diciembre de 2018
Expediente: Santa Cruz 163/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Marcelina Rocha Rodríguez
Delitos : Avasallamiento y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de septiembre de 2018, cursante de fs. 1060 a 1066, Edelmira Claros de Gonzales y Jonathan Gonzales Claros, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 52 de 22 de junio de 2018, de fs. 1023 a 1026 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de los recurrentes contra Marcelina Rocha Rodríguez, por la presunta comisión del delito Uso de Instrumento Falsificado y Avasallamiento, previstos y sancionados por los arts. 203 y 351 Bis del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 21 de septiembre de 2018, cursante de fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
