Auto Supremo AS/1188/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1188/2018-RA

Fecha: 03-Dic-2018

De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias


De la revisión del recurso de casación, se observa que la sociedad Salesiana – Colegio Don Bosco, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
1.- Que el Tribunal de Alzada al emitir el Auto de Vista, omitió observar que la demanda y reconvención tienen base en la Cooperación Institucional suscrito en fecha 05 de enero de 2010 como consta en la demanda de fs. 7 a 11, dicho convenio no fue presentado por la parte demandante para incoar la pretensión demandada arguyendo que el documento se encuentra en poder de terceros, limitándose a adjuntar el convenio Interinstitucional de fecha 15 de Agosto de 2001 que cursa de fs. 3 a 4 de obrados, pretensión acogida por la Juez de primera Instancia conforme al Auto de calificación del proceso de fs. 250 a 251 de obrados, haciendo énfasis en el convenio de fecha 05 de enero de 2010 al fundamentar y motivar la sentencia emitida, en el caso hipotético de que la demandante hubiere presentado el convenio de cooperación interinstitucional y la Juez de primera Instancia hubiere declarado improbada la demanda y probada la demanda reconvencional, el Tribunal de Alzada hubiera también anulado el fallo dictado por la Juez.
Por todas las consideraciones expuestas, previa compulsa de obrados, valorando las pruebas y los datos del proceso, solicita se revoque el Auto de Vista Nº 654/2018 y confirme la Sentencia Nº 249/2015 de 25 de mayo.
De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil