De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la
De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista Nº S-123/2016 de fecha 29 de mayo, cursante de fs. 255 a 256 vta.; ésta goza de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que el Auto de Vista impugnado confirma la Sentencia y causa perjuicio a los intereses de la recurrente; en ese entendido, es que se colige que la interposición del presente recurso de casación siendo completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical
- Partes: Miguel Humberto Tarazona Gómez c/ Ana Rosa Davezies Ávalos
- Proceso: Nulidad de filiación paterna, exclusión de paternidad, nulidad y cancelación de partida de nacimiento
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- En Autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- De la revisión de antecedentes, se tiene que Ana Rosa Davezies Ávalos, cumplió con el
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido del recurso de casación
- 1
- 3
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- En consecuencia se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
