Por memorial presentado el 15 de septiembre de 2017, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 014/2018-RA
Sucre, 01 de febrero de 2018
Expediente: Santa Cruz 137/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Elio Ortiz Llanos y otro
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de septiembre de 2017, que cursa de fs. 274 y vta., Elio Ortiz Llanos, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 22 de 10 de mayo de 2017, de fs. 264 a 266, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra David Chamaca Villca y el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 014/2018-RA
Sucre, 01 de febrero de 2018
Expediente: Santa Cruz 137/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Elio Ortiz Llanos y otro
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de septiembre de 2017, que cursa de fs. 274 y vta., Elio Ortiz Llanos, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 22 de 10 de mayo de 2017, de fs. 264 a 266, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra David Chamaca Villca y el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 15 de septiembre de 2017, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, los imputados Elio Ortiz Llanos (fs
- c)Por diligencia de 8 de septiembre de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Por otra parte reclama, que el Auto de Vista recurrido vulneró los arts
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, respecto a los motivos primero y segundo, en los que denuncia que el
- En consecuencia, por los fundamentos expuestos se establece que el presente recurso de casación no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
