POR TANTO
POR TANTO:
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 85 a 86, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR” mediante los apoderados del representante legal
- VISTOS
- El cálculo de Compensación de Cotizaciones (CC) por Procedimiento Manual fue otorgado mediante el Formulario
- Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR
- El asegurado presenta recurso de reclamación contra la resolución de CC, resuelto por la Comisión
- Auto de Vista
- Contra el Auto de Vista, la entidad gestora formula recurso de casación, cuyo escrito cursa
- Vulnera la Resolución Administrativa (RA) 493
- La no valoración de la prueba ocasiona la violación del art
- Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia previa deliberación en el fondo, Case el Auto
- La problemática en el presente caso y traída a casación, radica en determinar si el
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- La Seguridad Social en Bolivia ha tenido una serie de transformaciones o cortes, es así
- Por lo señalado podemos afirmar que si bien la Ley 065 en su Título II,
- Concretamente el art
- En ese marco, se concluye que el asegurado Braulio Colque Choque prestó servicios en la
- La entidad gestora señala como vulneradas las RA 493
- De lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
- POR TANTO
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
