b)Contra la referida Sentencia, J
b)Contra la referida Sentencia, J.C.A. (menor infractor), (fs. 279 a 280), y el Ministerio Público (fs. 282 a 283 vta.), interpusieron recurso de apelación restringida, siendo resueltos por Auto de Vista 145/2017 de 24 de agosto, dictado por la Sala Civil Segunda, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que revocó parcialmente la Sentencia en lo referente a la pena impuesta, imponiendo a J.C.A.(menor infractor) la pena de tres años de reclusión en el Centro de Detención OASIS, declarando sin lugar el recurso de apelación del menor infractor
- Del recurso de casación interpuesto por Juan Carlos Almazán de fs
- De la revisión de los antecedentes se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, J
- c)Por diligencia de 29 de agosto de 2017 (fs
- De lo expuesto, una vez remitida la causa ante el Tribunal Supremo de Justicia, se
- Cabe señalar bajo estos antecedentes, de la revisión exhaustiva de obrados, se puede colegir que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en observancia de los arts
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
