Auto Supremo AS/0045/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2018-RA

Fecha: 05-Feb-2018

Aunque dentro del recurso se nominan 4 Resoluciones como precedente contradictorio, en el orden del


Aunque dentro del recurso se nominan 4 Resoluciones como precedente contradictorio, en el orden del apartado II.2 de este Auto Supremo, debe tomarse en cuenta que los mismos aparte de no contar con argumentos como ser cual su contradicción, se advierte que los mismos fueron emitidos antes de la puesta en vigencia plena del Código de Procedimiento Penal (Ley 1970) que data de mayo de 2001; por tanto, se debe dejar constancia que este Tribunal ha establecido de manera reiterada que las Resoluciones dictadas en vigencia del Código de Procedimiento Penal de 1972, no pueden ser considerados como precedentes contradictorios, habida cuenta que a partir de la vigencia del actual Código rige en Bolivia un sistema procesal distinto al anterior, con fines, institutos y tratamientos jurídicos distintos a la norma antecesora. En esa dirección –entre otros- el Auto Supremo 038/2012-RA de 12 de marzo, tiene dicho: “…sólo tendrán calidad de precedentes contradictorios a efectos del recurso de apelación restringida y de casación, aquellos Autos Supremos emitidos por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia o Autos de Vista pronunciados por Tribunales Departamentales de Justicia, emitidos en procesos penales tramitados conforme el vigente sistema procesal, teniendo en cuenta que tanto el recurso de apelación y de casación tienen en la actualidad fines distintos a los que se reconocían en el abrogado sistema procesal mixto implementado por el Código de Procedimiento Penal de 1972”