VISTOS: Conforme establece el art
Materia : Beneficios Sociales
Magistrado Tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: Conforme establece el art. 252 del Cód. Proc. Trab. (CPT), se aplican excepcionalmente en los procesos laborales, las normas del Cód. Proc. Civ. (CPC), cuando algún aspecto no se encontraría previsto de manera expresa y siempre que no signifique la violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral. Por otra parte, el art. 70 del CPT, establece que el desistimiento y la transacción no causan estado, en virtud a la irrenunciabilidad de los derechos sociales del trabajador
Magistrado Tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: Conforme establece el art. 252 del Cód. Proc. Trab. (CPT), se aplican excepcionalmente en los procesos laborales, las normas del Cód. Proc. Civ. (CPC), cuando algún aspecto no se encontraría previsto de manera expresa y siempre que no signifique la violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral. Por otra parte, el art. 70 del CPT, establece que el desistimiento y la transacción no causan estado, en virtud a la irrenunciabilidad de los derechos sociales del trabajador
- Demandado: Tienda Amiga ER S.A
- VISTOS: Conforme establece el art
- Que la aludida solicitud, pese a tratarse de un desistimiento del proceso y especialmente de
- Sin embargo en esa oportunidad acreditó que se cancelaron los beneficios sociales y por ello
- Esta solicitud se corrió en traslado al actor para que se pronuncie en el plazo
- Conforme consta por los documentos adjuntos al escrito de fs
- Por otra parte, al tratarse de un desistimiento de la pretensión, conforme establece el art
- Sin embargo, conforme se tiene señalado, esa solicitud no fue presentada ante este tribunal, empero
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
