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    Auto Supremo AS/0052/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0052/2018-RA

    Fecha: 14-Feb-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 22 de septiembre de 2017, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Isaac Languidey Ríos (fs
    • c)Por diligencia de 15 de septiembre de 2017 (fs
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2)En el presente caso correspondería aplicar el principio de convalidación establecido en el art
    • 3)El Tribunal de apelación no realizó una debida fundamentación y motivación del Auto de Vista
    • Asimismo, la parte recurrente invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 232/2017 de 21 de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
    • Respecto al requisito de invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso
    • Habiendo puntualizado lo manifestado en el párrafo precedente, se tiene en cuanto al primer motivo
    • Respecto al segundo motivo, referido a la aplicación del principio de convalidación en el presente
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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