Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1)Luego de reseñar los fundamentos y la parte considerativa del Auto de Vista que impugna, la recurrente manifiesta que por las abundantes pruebas aportadas, los hechos acusados fueron comprobados, por lo cual existió errónea calificación de los hechos y errónea concreción del marco penal; con ello, alega que el juzgador de grado a momento de emitir Sentencia no aplicó de manera correcta la sana crítica (lógica, psicología y experiencia), proponiendo que la solución fuera “dictarse resolución declarando que existe contradicción en los términos del art. 416 del CPP” (sic)
2)Sobre las consideraciones efectuadas por el Tribunal de apelación en torno al delito de Amenazas, arguye que ese razonamiento diera a entender que en las declaraciones testificales de cargo no se hubiera establecido la comisión de tal delito, cuando al contrario los testigos manifestaron que los acusados vertieron una serie de amenazas como el atentar contra la integridad física de la parte querellante. A esto añade que la aplicación del art. 293 del CP debe ser relacionada con la agravante de participación de más de tres personas.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Elizabeth Choquehuanca Velasco, formuló recurso de apelación restringida,
- c)Por diligencia de 6 de mayo de 2016 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- Por su naturaleza jurídica y su condición de recurso extraordinario de casación, exige claridad en
- Por último, referir que si bien se aduce que la acción impugnatoria se opone al
- Por lo expuesto, siendo el recurso manifiestamente defectuoso, no cumple los requisitos mínimos necesarios exigidos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
