CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos por Prisca Varela de
CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos por Prisca Varela de Cruz y Fernando Mendoza, representantes legales de ERBOL COMUNICACIONES S.R.L, así como por Windsor José Salas Guisbert, representado por Carla Kattia Mollinedo Valdivia, se advierte que fueron planteados en vigencia plena del nuevo Código Procesal Civil (Ley Nº 439), por lo que, en cumplimiento a su Disposición Transitoria Sexta, corresponde examinar los mismos a efectos de verificar si se cumplieron o no los requisitos previstos por ley
- Auto Supremo Nº 063/2018-A
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- Que, al presente, estando en plena vigencia el nuevo Código Procesal Civil, Ley Nº 439
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando los recursos interpuestos por Prisca Varela de
- Que, de la revisión de los recursos formulados, se verifica que el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
