Auto Supremo AS/0088/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0088/2018-RA

Fecha: 26-Feb-2018

Con relación a los defectos de sentencia previstos por el art


Con relación a los defectos de sentencia previstos por el art. 370 incs. 4) y 5) del CPP, referidos a que se incorporó prueba ilegal, señala que fueron denunciados oportunamente por memoriales presentados dentro del proceso, así como en apelación señalando que la nota con el título “Invitación a inspección” de 24 de diciembre de 2012 y codificada como PC-12, fue presentada por el fiscal en clara contravención al Auto Supremo 337/2010; es más, esa no fue la nota de invitación ofrecida en el memorial de querella (MP-D3) en su punto 12, que tenía el título de “Invitación a asamblea” sin fecha, pero con nota de recepción de 9 de septiembre de 2011; es decir, de un año antes del supuesto hecho, quedando demostrada la confabulación de los dirigentes de la zona en su contra, que suplantaron la primera nota con otra con una fecha más próxima al supuesto hecho, pues incluso cuando en audiencia se pidió la explicación, el fiscal respondió que no fue presentada por razones tácticas; lo que significa, que se ocultó esta prueba que no solo le favorecía, sino ponía en descubierto la confabulación para perjudicarlo de un hecho que sucedió, pero no como declararon los dirigentes vecinales, de modo que no puede decirse que no se hubiera incorporado ilegalmente la literal PC-12