Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto,
Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto, no cumple con las exigencias antes anotadas, toda vez que, el recurrente se limitó realizar un reclamo confuso, sin tomar en cuenta que el recurso de casación debe contener reclamos referentes a posibles infracciones en las cuales habría incurrido el Tribunal ad quem al emitir el Auto de Vista, realizando también un petitorio incongruente e impreciso, puesto que solicitó que se revoque la Resolución Nº 240/17, lo cual no permite a este Tribunal comprender que resultado quiere conseguir con el presente recurso de casación, en ese mismo sentido, tampoco estableció de forma precisa el error de derecho o de hecho en la apreciación de las pruebas; de igual manera, no precisó qué ley sustantiva o adjetiva habría sido violada, interpretada de forma errónea o aplicada indebidamente por el Auto de Vista recurrido, impidiendo de tal manera que este Tribunal pueda realizar el control jurisdiccional al respecto, pues no se menciona norma alguna que los de instancia, a criterio de la empresa recurrente, habría sido vulnerada o violada, interpretada en forma errónea o aplicada en forma indebida
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- CONSIDERANDO I
- El mencionado Auto de Vista originó que el rentista formule el recurso de casación cursante
- CONSIDERANDO II
- Que, interpuesto de esa manera el recurso de casación, es necesario precisar, que la abundante
- Asimismo, cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que el recurso de casación propuesto,
- En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que la
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación conforme a la disposición legal contenida
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
