De lo expuesto anteriormente, al limitarse la parte recurrente a señalar aspectos de la Sentencia,
De lo expuesto anteriormente, al limitarse la parte recurrente a señalar aspectos de la Sentencia, sin tomar en cuenta que este Tribunal casacional no enjuicia sobre las pretensiones de las partes, sino sobre el error padecido por Autos de Vista que en el recurso se denuncie; y, ante la carencia argumentativa en la cual incurrieron al no establecer en forma clara y concreta cuál el o los agravios ocasionados por el Auto de Vista impugnado y la forma de cómo resultan contrarios a los precedentes, para que este Tribunal pueda enmendar posibles defectos conforme la exigencia prevista en los arts. 416 y 417 del CPP, no es posible la apertura de competencia ante las falencias expuestas para considerar en el fondo los motivos expuestos, deviniendo en inadmisibles los motivos primero y segundo
- I.1. Antecedentes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, Armando Aguirre en su condición de Defensor Público (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Señala que el Auto de Vista impugnado “carece de base en la apreciación conjunta y
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- No obstante a ello, del análisis de ambos motivos del recurso, se advierte que la
- De lo expuesto anteriormente, al limitarse la parte recurrente a señalar aspectos de la Sentencia,
- Asimismo, cabe señalar que las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
