POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 277.II del Código Procesal Civil y art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación de fs. 1819 a 1831, formulado por Roxana Durán Barrientos, contra el Auto de Vista Nº SCCII 16/2018 de 29 de enero, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca
- Expediente: CH–17–18–S
- Partes: Vilma Durán Barrientos y otra. c/ Roxana Durán Barrientos
- Distrito: Chuquisaca
- En el marco de lo preceptuado por el art
- De acuerdo a lo señalado se tiene que la recurrente cumple con la exigencia establecida
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
