Auto Supremo AS/0185/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0185/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia de 12 de noviembre de 2014 (fs. 725 a 727 vta.), el Juez Quinto de Instrucción Cautelar Liquidador del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante procedimiento abreviado, declaró a: Marcos Jesús Gutiérrez Valencia, autor del delito de Falsedad Ideológica, previsto y sancionado por el art. 199 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión; Paola Alejandra Gutiérrez Menini, culpable del mismo delito en grado de Complicidad, sancionando a un año de reclusión, en ambos casos con costas, daños y perjuicios a favor de la víctima averiguables en ejecución de sentencia, siendo concedida la suspensión condicional al primero y el perdón judicial a la segunda.

b)Contra la referida Sentencia, los imputados Marcos Jesús Gutiérrez Valencia y Paola Alejandra Gutiérrez Menini (fs. 740 a 752 vta.), interpusieron recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista de 20 de julio de 2017, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró inadmisible el recurso siendo por lo tanto rechazado.

c)Por diligencias de 9 de noviembre de 2017 (fs. 867), fueron notificados los recurrentes con el Auto de Vista recurrido; y, el 15 del mismo mes y año, formularon el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad