Auto Supremo AS/0204/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0204/2018-RA

Fecha: 21-Mar-2018

Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 114 de 20 de abril de 2006 y


Denuncia el recurrente que en su alzada, señaló de forma clara y precisa los agravios ocasionados por la Resolución de mérito, los cuales fueron omitidos por el Auto de Vista impugnado; Puntualiza que el Tribunal de apelación no se pronunció respecto al quantum de la pena; empero, la Sentencia indica que “son personas que han causado un grave daño y perjuicio a una gran cantidad de afiliados a dicha asociación Paraisito tres de mayo donde debió aplicarme la pena en su límite máximo” (sic). Refiere también que el Juez de mérito incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva al imponer una Sentencia de dos años “toda vez que se debió entrar a considerar una aplicación de la pena máxima de tres años y diez años, toda vez de que la sentencia debe cumplir con los fines cualitativos que es la privación de la libertad y en lo cuantitativo la extensión más allá del término medio, menos aun cuando ni siquiera.” (sic)

Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 114 de 20 de abril de 2006 y 50 de 27 de enero de 2007; referidos según la glosa transcrita por el recurrente, a la debida imposición de la pena en consideración a atenuantes y agravantes; y, la facultad del Tribunal de alzada ante la evidencia de errores u omisiones formales en el fallo de mérito, referidos a la imposición o cómputo de penas