Por memorial presentado el 10 de octubre de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 208/2018-RA
Sucre, 21 de marzo de 2018
Expediente: Santa Cruz 180/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Ricardo Soleto Rejas
Delitos: Lesiones Graves y Leves y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de octubre de 2017, cursante de fs. 700 a 705, Ricardo Soleto Rejas interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 47 de 20 de julio de 2017, de fs. 691 a 696, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Carlos Adolfo Velasco Vaca contra el recurrente por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Graves y Leves y Homicidio en grado de Tentativa, previstos y sancionados por los arts. 271 segunda parte y 251 en relación al 8 todos del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 208/2018-RA
Sucre, 21 de marzo de 2018
Expediente: Santa Cruz 180/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Ricardo Soleto Rejas
Delitos: Lesiones Graves y Leves y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de octubre de 2017, cursante de fs. 700 a 705, Ricardo Soleto Rejas interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 47 de 20 de julio de 2017, de fs. 691 a 696, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Carlos Adolfo Velasco Vaca contra el recurrente por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Graves y Leves y Homicidio en grado de Tentativa, previstos y sancionados por los arts. 271 segunda parte y 251 en relación al 8 todos del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 10 de octubre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 3 de octubre del 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
