CONSIDERANDO I
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1686 a 1694, interpuesto por Ernesto Suárez Sattori, impugnando el Auto de Vista N° 129/2017 de 8 de junio de 2017 de fs. 1658 a 1660 vta., emitido por la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, dentro del proceso coactivo fiscal seguido por el Gobierno Departamental Autónomo del Beni, contra Ernesto Suárez Sattori, José Agustín Vargas Rivera, Alejandro Rivera Bezerra, Hugo Chávez Roca y Ximena Rivero Hurtado, las respuestas de fs. 1715 a 1719, el Auto de fs. 1722 vta., que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL CASO
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL CASO
- En virtud al Auto Constitucional Nº 07/2018 de 2 de abril, mediante el cual se
- CONSIDERANDO I
- 1.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso coactivo fiscal, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad
- 1.2 Auto de Vista
- En grado de apelación, los recursos interpuestos por los demandados, cursantes de fs
- 1.3 Recursos de casación
- El referido auto de vista motivó el recurso de casación de fs
- 11.1 Fundamentos Jurídicos
- Respecto al recurso de casación cursante 1686 a 1694, interpuesto por Ernesto Suárez Sattori, analizado
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando el recurso interpuesto por Ernesto Suárez Sattori,
- Que, de la revisión del recurso formulado, se verifica que el mismo fue planteado dentro
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
