Auto Supremo AS/0139/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2018

Fecha: 02-Abr-2018

Consiguientemente, el Tribunal de Apelación, al aplicar el principio protector, no incurrió en infracción legal

Por último, se debe advertir que el proceso social no comparte la naturaleza del proceso civil, por cuanto, a diferencia del proceso civil, quienes litigan en el proceso social, no se encuentran en igualdad de condiciones; de ahí que las leyes laborales se encuentran pensadas para proteger al trabajador. Esta es la razón por la que, nuestro adjetivo laboral atribuya al empleador la carga de la prueba, de modo que sea éste quien desvirtúe las pretensiones del trabajador demandante, a diferencia de lo que ocurre en materia civil en el que ambas partes deben probar sus aseveraciones y pretensiones.
Consiguientemente, el Tribunal de Apelación, al aplicar el principio protector, no incurrió en infracción legal alguna