Por memorial de fs
II.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Por memorial de fs. 182 a 184, Manuel Augusto Tórrez Campuzano, en representación de la Empresa Constructora INCOAR S.R.L., interpone recurso de casación alegando:
Que, el Tribunal de Apelación incurrió en infracción del art. 48.II de la Constitución Política del Estado (CPE) y art. 158 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo (DR-LGT), transcribiendo el texto del art. 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT) y alegando que no se puede dejar de lado la verdad material y la igualdad de las partes por inclinación extrema del principio de proteccionismo del trabajador
Por memorial de fs. 182 a 184, Manuel Augusto Tórrez Campuzano, en representación de la Empresa Constructora INCOAR S.R.L., interpone recurso de casación alegando:
Que, el Tribunal de Apelación incurrió en infracción del art. 48.II de la Constitución Política del Estado (CPE) y art. 158 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo (DR-LGT), transcribiendo el texto del art. 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT) y alegando que no se puede dejar de lado la verdad material y la igualdad de las partes por inclinación extrema del principio de proteccionismo del trabajador
- Demandado : Empresa Constructora INCOAR S.R.L
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por el representante de la entidad demandada, por Auto de
- Por memorial de fs
- Agrega que el valor justicia obliga a la autoridad jurisdiccional procurar la realización de la
- Que, de su parte, acreditó que el demandante no era parte de la Empresa Constructora
- Luego de transcribir partes de las declaraciones de sus testigos de descargo y hacer referencia
- Por otra parte, acusa errónea valoración de la prueba y consignación de hechos inexistentes, alegando
- Petitorio
- De la revisión del recurso interpuesto, se advierte que la controversia traída a juicio casatorio
- Sobre el particular, como bien advirtió el Tribunal de Apelación, el Señor Víctor Hugo Remier
- Asimismo, el testigo de descargo Nilton Canaza Delagado, refiere en su respuesta a la pregunta
- De igual modo, los testigos de cargo (fs
- De lo anterior y considerando que los testigos aportan dos versiones contrapuestas sobre la existencia
- Consiguientemente, el Tribunal de Apelación, al aplicar el principio protector, no incurrió en infracción legal
- Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que no son evidentes las infracciones acusadas,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula honorarios del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
