POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia con la facultad que le confiere la Ley Nº 025 del Órgano Judicial en su art. 17-I y lo previsto por el art. 106-I del Código Procesal Civil, ANULA OBRADOS hasta el decreto de Autos para Sentencia de 31 de mayo de 2017, fs. 689., inclusive, y dispone proceder a la citación con la demanda de fs. 30 a 34, del presente proceso, a la Agencia Despachante de Aduana M.A. de Fátima San Martín G
- VISTOS: La demanda Contenciosa Administrativa promovida por la Administración de Aduana Interior La Paz en
- CONSIDERANDO
- De revisión de obrados del presente proceso, se advierte que mediante auto de admisión de
- Conforme a la Sentencia Constitucional Nº 0137/2012 de 4 de mayo 2012 es causal de
- Del análisis del proceso, y considerando que la decisión final puede afectar los derechos o
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
