Auto Supremo AS/0303/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0303/2018-RA

Fecha: 14-May-2018

El art


Concluye indicando que, el Auto de Vista recurrido, fue dictado de manera ilegal al confirmar la Sentencia de primera instancia, la cual contraviene la abundante línea jurisprudencial sentada por el Tribunal Supremo de Justicia, que habría establecido que en los delitos inmersos en la Ley 1008 (Suministro de Sustancias Controladas), no aplica el delito de Tentativa, por el cual fue sentenciado, lo cual hace que tanto la Sentencia como el Auto de Vista recurridos, sean ilegales y contrarios a la línea jurisprudencial vigente.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)