Auto Supremo AS/0289/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0289/2018

Fecha: 22-Jun-2018

VISTOS: El recurso de casación, de fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOS, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 289
Sucre, 22 de junio de 2018
Expediente : 280/2018
Demandante : Cristina Mamami Apaza
Demandado : Ana María Romay Carrasco
Proceso : Pago de beneficios sociales
Distrito : La Paz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 130 a 133 interpuesto por Ana María Romay Carrasco, contra el Auto de Vista Nº 01/18 de 8 de enero de 2018, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a fs. 128; dentro la demanda de pago de beneficios sociales interpuesta por Cristina Mamami Apaza contra la recurrente; el memorial de respuesta al recurso (f. 137); el Auto Nº 171/2018 SSA-III de 18 de mayo (fs. 138 vta.), que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
I. CONSIDERANDO LEGALES: El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, (CPC-1975) elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en la materia, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT), que dispone: “Los aspectos no previstos en la presente ley, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil y siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”