Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Firmado
Magistrado Relator Dr. Olvis Eguez Oliva
Magistrado Dr. Edwin Aguayo Arando
Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
- Por memoriales presentados el 25 de agosto de 2017, Marcial Blas Mamani, de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 01/2017 de 3 de enero (fs
- Contra la mencionada Sentencia, los imputados Eulogio Mamani Flores (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación interpuesto por el imputado Marcial Blas Mamani y del
- El recurrente, denuncia que el Tribunal de alzada declaró la inadmisibilidad del recurso de apelación
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita que deliberando en el fondo, se disponga la nulidad de la Resolución
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 878/2017-RA de 3 de noviembre, de fs
- II.1. De la Sentencia
- Los elementos probatorios han demostrado que los imputados fueron sorprendidos en flagrancia
- Se encuentra plenamente acreditado que el imputado Eulogio Mamani Flores con intencionalidad y conocimiento de
- Marcial Blas Mamani quien tenía inicialmente la posesión dolosa encaminada a la única finalidad
- Se considera adecuada una sanción mínima conforme el art
- II.2.Del recurso de apelación restringida
- Contra la referida Sentencia, ambos imputados interpusieron respectivamente recursos de apelación restringida; Marcial Blas Mamani
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emite el Auto de
- III.1. El Debido proceso y el derecho a recurrir
- Uno de los elementos constitutivos del debido proceso es el derecho a recurrir de los
- A lo expresado debe añadirse que la Constitución Política del Estado, proclama los principios constitucionales
- El principio pro actione, que a la luz de la presente problemática, está directamente vinculado
- Esta Sala Penal, en torno a la norma constitucional contenida en el art
- Bajo este entendimiento, el derecho de impugnación si bien está reconocido constitucionalmente, está desarrollado por
- III.2.Sobre la impugnación de la Sentencia emergente del procedimiento abreviado
- En consecuencia, esta Sala Penal asume con base al análisis efectuado, que la Sentencia emitida
- Por ello, sostener de manera particular la inadmisibilidad de una apelación restringida formulada por la
- En ese entendido, conforme a lo dispuesto en el Auto Supremo Nº 232/2018-RRC de 18
- III.3.Análisis del caso concreto
- Establecido el ámbito de análisis, y glosada la doctrina legal aplicable a la problemática suscitada,
- El citado recurso de apelación restringida mereció la emisión del Auto de Vista recurrido, por
- En el presente caso, existiendo doctrina legal aplicable desarrollada por los Autos Supremos 232/2018-RRC y
- En aplicación del art
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