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    Auto Supremo AS/0405/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0405/2018-RRC

    Fecha: 11-Jun-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 4 de octubre de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 37/2015 de 23 de octubre (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado René Villarroel Vidaurre (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 088/2018-RA de 26 de febrero,
    • El recurrente refiere que con base a los arts
    • Con relación a los defectos de Sentencia previstos por el art
    • Refiere que además hubo una valoración defectuosa de la prueba; ya que, respecto a los
    • Por otro lado, agrega que la médico forense en la prueba PC-7, sugirió una reducción
    • Con estos datos, denuncia en primer lugar que el Tribunal de alzada no dio lectura
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita que deliberando en el fondo se deje sin efecto el Auto de
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 088/2018-RA de 26 de febrero, este Tribunal admitió el recurso de casación
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
    • El imputado y la víctima son vecinos de barrios ubicados en la zona noreste de
    • Mediante voto resolutivo, los vecinos de la zona desconocen al imputado, quien en representación del
    • El 26 de diciembre de 2012 a horas 9 de la mañana a
    • El imputado afirma que sufrió agresiones por parte de la víctima, de las cuales no
    • II.2. De la apelación restringida
    • El imputado René Villarroel Vidaurre, interpuso recurso de apelación restringida contra la Sentencia pronunciada, con
    • Se ignoró la literal codificada como PC12; asimismo, se dictó Sentencia sin resolver la extinción
    • Respecto a la testifical de descargo, luego de rememorar las declaraciones de Eulogio Velásquez Mamani,
    • Acusa inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva y haciendo alusión a la fijación
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró improcedente el recurso
    • Respecto al defecto de Sentencia contenido en el inc
    • De los defectos de Sentencia contenidos en los incs
    • De la enunciación de los elementos de prueba no considerados para fundamentación y valoración, se
    • Precisado el motivo alusivo a la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, al
    • III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
    • Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
    • III.2.Análisis del caso concreto
    • Como precedente contradictorio, se invocó el Auto Supremo 5 de 26 de febrero de 2007,
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
    • La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
    • Del análisis del precedente invocado se advierte que la problemática dilucidada, mantiene relación con la
    • De la revisión de antecedentes, se advierte que los Vocales de la Sala Penal Primera
    • Continúa la Resolución de alzada bajo el acápite “CONSIDERANDO II
    • Asimismo, el Tribunal de apelación dilucida en cuanto al defecto de Sentencia previsto por el
    • En cuanto a los defectos de Sentencia previstos por el art
    • Del mismo modo, respecto al defecto de Sentencia previsto por el art
    • Ahora bien, ya ingresando a la labor de contrastación, se advierte que el Tribunal de
    • De lo expuesto, es evidente lo denunciado por el recurrente, en sentido que el Tribunal
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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