De los antecedentes llegados a casación se extrae
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De los antecedentes llegados a casación se extrae:
Por Sentencia 27 de 26 de junio de 2017 (fs. 195 a 201), el Tribunal Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Víctor Hugo Costa Parada, autor de la comisión del delito de Violación de Adolescente, previsto y sancionado por los arts. 308 bis y 20 del CP, imponiendo la pena de veinte años de presidio, más costas procesales a ser regulables en ejecución de sentencia y absuelto de las agravantes contenidas en el art. 310 incs. g) y h) del CP
- Por memorial presentado el 19 de febrero de 2018, de fs
- De los antecedentes llegados a casación se extrae
- Por diligencia de 9 de febrero de 2018 (fs
- La parte recurrente emprende sus alegatos en casación manifestando que los casos de existencia de
- Añade que el Tribunal de Sentencia aplicó correctamente en la Resolución, elementos tales como: Concreción,
- Finalmente enuncia los Autos Supremos 635 de 20 de octubre de 2004, 47/03 de 28
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- Consiguientemente cumplidos que fueron los parámetros para la apertura extraordinaria de competencia, esta Sala Penal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
