Auto Supremo AS/0476/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0476/2018-RA

Fecha: 29-Jun-2018

Finalmente enuncia los Autos Supremos 635 de 20 de octubre de 2004, 47/03 de 28


Arguye que el Tribunal de alzada vulneró el debido proceso al incurrir en el defecto contenido en el art. 370 inc. 6) del CPP, al basar el razonamiento defectuoso de la Sentencia en su formato, que a decir de la parte recurrente “recurriendo a un tecnicismo legal sobre la forma de la sentencia y valoración de la prueba, revalorizan ésta y resuelven se anule totalmente [la misma]” (sic). A continuación, transcribiendo una extensa porción del Auto Supremo 420/2015-RRC de 29 de junio, argumenta la existencia de contradicción entre el mismo con el fallo impugnado, precisando como situación de hecho similar “que en el caso presente se acusó y condenó [al imputado] en primera instancia y los Vocales ingresaron a revalorizar la prueba” (sic), cuando su obligación y competencia se limita únicamente a vigilar el cumplimiento del debido proceso.

Finalmente enuncia los Autos Supremos 635 de 20 de octubre de 2004, 47/03 de 28 de enero, “316/03”, 317/03 de 13 de junio de 2003, 133 de 9 de marzo de 2004, 037 de 6 de octubre de 2005 y 722 de 26 de noviembre de 2004, reproduciendo seguidamente un fragmento de doctrina legal aplicable que, sin identificar su correspondencia, aduce a la obligación competencial de los Tribunales de apelación en cuanto es la no revalorización de la prueba ni la determinación de hechos