Por memorial presentado el 15 de enero de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 481/2018-RA
Sucre, 29 de junio de 2018
Expediente: Potosí 7/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: José Luis Mamani Vásquez
Delito: Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de
Tránsito
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de enero de 2018, cursante de fs. 245 a 257, José Luis Mamani Vásquez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 59/17 de 8 de diciembre de 2017, de fs. 233 a 237, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Iván Pedro Gonzales Capali contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de Tránsito, previsto y sancionado por el art. 261 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 481/2018-RA
Sucre, 29 de junio de 2018
Expediente: Potosí 7/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: José Luis Mamani Vásquez
Delito: Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de
Tránsito
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de enero de 2018, cursante de fs. 245 a 257, José Luis Mamani Vásquez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 59/17 de 8 de diciembre de 2017, de fs. 233 a 237, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Iván Pedro Gonzales Capali contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de Tránsito, previsto y sancionado por el art. 261 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 15 de enero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado José Luis Vásquez Mamani interpuso recurso de apelación restringida
- Por diligencia de 8 de enero de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En cuanto a los argumentos del único motivo, básicamente lo denunciado por el recurrente es
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
