Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
Firmado
Magistrado Presidente Dr. Olvis Eguez Oliva
Magistrado Dr. Edwin Aguayo Arando
Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
- Por memorial presentado el 20 de febrero de 2018, cursante de fs
- De los antecedentes llegados a casación se extrae lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia y el Auto Interlocutorio de 1 de noviembre de 2016 (722
- Por diligencia de 9 de febrero de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae lo siguiente
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- El derecho a recurrir no debe desvincularse del marco legal que por especialidad rige cada
- La Sala Penal considera que el recurso de casación que motiva autos, es de entrada
- El recurso en cuestión aborda un total de poco más de 11 fojas, de las
- Si bien las consideraciones sobre la forma y estilo de construcción de escritos dentro del
- En el caso de autos, la Sala Penal advierte con preocupación un grado de imprecisión
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
