Auto Supremo AS/0582/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0582/2018-RA

Fecha: 27-Jul-2018

Señala también, que el Tribunal de alzada en la emisión de la Resolución impugnada, incurrió


Señala también, que el Tribunal de alzada en la emisión de la Resolución impugnada, incurrió en incongruencia omisiva y vulneración al principio pro actione; toda vez, que a tiempo de resolver la denuncia de defecto de Sentencia contenido en el inc. 5) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP), precisó que el apelante no hubiere fundamentado adecuadamente su agravio lo cual impidió su consideración, señalando el recurrente que lo que debió aplicar el Tribunal de apelación es lo previsto por los arts. 399 y 408 del CPP en lo que respecta al plazo de los tres días para subsanación del recurso