c)La transgresión de los art
c)La transgresión de los art. 304, 486 y 579 num.3) del Código Civil, al no haberse considerado que los referidos artículos facultan al deudor a entregar la cosa de calidad media para liberarse de las obligaciones genéricas, en cuyo entendido si bien en el negocio jurídico objeto de debate no se ha hecho referencia a la ubicación exacta del inmueble a transferir, no es menos evidente que la autoridad jurisdicciónal podía obligar a la parte contraria a que cumpla con la obligación de forma genérica y no limitarse a una ausencia que tenga como consecuencia la negación de acceso a la justicia
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº 112/2018 de fecha 16 de marzo, que cursa
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que María Rosario Fernández Ochoa, en
- b)La infracción de los arts
- c)La transgresión de los art
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
