VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 447
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente : 220/2017
Demandante : Martín Calle Chávez
Demandado : Ind. Nacional de Cierres Automáticos INCA SRL
Proceso : Beneficios Sociales
Departamento : La Paz
Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación de fs. 171 y vuelta, interpuesto por Miguel Jacobo Nemer Chain en representación de la Empresa Industrial Nacional de Cierres Automáticos INCA SRL, impugnando el Auto de Vista Nº 18/2017 de 20 de enero de 2017 de fs. 166 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de beneficios sociales, el Auto de fs. 178 que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo Nº 220-A de 7 de junio de 2017 de fs. 186 que declaró admisible el recurso; los antecedentes del proceso; y:
I. Antecedentes del Proceso
Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 263/2015 de 18 de noviembre de 2015 de fs. 150 a 154, que declaró probada en parte la demanda de fs. 8 subsanada a fs. 13, y probada en parte la excepción perentoria de pago e improbada la excepción de prescripción, debiendo la Empresa Industrial Nacional de Cierres Automáticos INCA SRL, a través de su representante legal cancelar al actor la suma de Bs. 43.811,98, por concepto de indemnización, aguinaldo gestión 2011, vacación y subsidio de lactancia, más la multa del 30%.
Auto de Vista
En grado de apelación deducida por el demandado de fs. 156, Sala Social y Administrativa Primera Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 18/2017 de 20 de enero de 2017 de fs. 166 y vta, que Anula el auto de concesión de fs. 160 de obrados inclusive, declarando la ejecutoria de la Sentencia Nº 263/2015 de 18 de noviembre de 2015 de fs. 150 a 154.
Argumentos del recurso de casación
Contra el auto de vista, Miguel Jacobo Nemer Chain en representación de la Empresa Industrial Nacional de Cierres Automáticos INCA SRL formuló recurso de casación de fs. 171 y vta., en el que acusa:
Que el Tribunal ad quem incurrió en error en la parte resolutiva del Auto de Vista, al anular el Auto de Concesión, por considerar que la apelación fue interpuesta fuera de plazo establecido en el art. 205 del CPT, hecho que no concuerda con el art. 91 del CPC, que da la favorabilidad en materia de plazo y amplia su contenido para poder recurrir, en este caso la alzada
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 447
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente : 220/2017
Demandante : Martín Calle Chávez
Demandado : Ind. Nacional de Cierres Automáticos INCA SRL
Proceso : Beneficios Sociales
Departamento : La Paz
Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación de fs. 171 y vuelta, interpuesto por Miguel Jacobo Nemer Chain en representación de la Empresa Industrial Nacional de Cierres Automáticos INCA SRL, impugnando el Auto de Vista Nº 18/2017 de 20 de enero de 2017 de fs. 166 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de beneficios sociales, el Auto de fs. 178 que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo Nº 220-A de 7 de junio de 2017 de fs. 186 que declaró admisible el recurso; los antecedentes del proceso; y:
I. Antecedentes del Proceso
Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 263/2015 de 18 de noviembre de 2015 de fs. 150 a 154, que declaró probada en parte la demanda de fs. 8 subsanada a fs. 13, y probada en parte la excepción perentoria de pago e improbada la excepción de prescripción, debiendo la Empresa Industrial Nacional de Cierres Automáticos INCA SRL, a través de su representante legal cancelar al actor la suma de Bs. 43.811,98, por concepto de indemnización, aguinaldo gestión 2011, vacación y subsidio de lactancia, más la multa del 30%.
Auto de Vista
En grado de apelación deducida por el demandado de fs. 156, Sala Social y Administrativa Primera Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 18/2017 de 20 de enero de 2017 de fs. 166 y vta, que Anula el auto de concesión de fs. 160 de obrados inclusive, declarando la ejecutoria de la Sentencia Nº 263/2015 de 18 de noviembre de 2015 de fs. 150 a 154.
Argumentos del recurso de casación
Contra el auto de vista, Miguel Jacobo Nemer Chain en representación de la Empresa Industrial Nacional de Cierres Automáticos INCA SRL formuló recurso de casación de fs. 171 y vta., en el que acusa:
Que el Tribunal ad quem incurrió en error en la parte resolutiva del Auto de Vista, al anular el Auto de Concesión, por considerar que la apelación fue interpuesta fuera de plazo establecido en el art. 205 del CPT, hecho que no concuerda con el art. 91 del CPC, que da la favorabilidad en materia de plazo y amplia su contenido para poder recurrir, en este caso la alzada
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Asimismo manifiesta que se les notificó con la Sentencia el 2 de marzo de 2016
- Previamente es preciso tener presente que si bien en materia laboral el art
- Consiguientemente, este Tribunal Supremo de Justicia en razón al nuevo orden constitucional, consideró que lo
- De los reclamos expuestos en el recurso de casación, se tiene que los mismos se
- De esta manera, se observa que el Tribunal de alzada al realizar el computó para
- En ese contexto, se concluye que los juzgadores de instancia, incurrieron en errónea aplicación
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
