Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
Como primer agravio de su memorial de casación, refiere la recurrente que el Juez de Sentencia aplicó de manera errónea la norma sustantiva contenida en el art. 164 del CP, esto en el entendido que al momento de ser contratada como Administradora del Hospital Virgen de Remedios del Municipio de Sopachuy, suscribió el contrato de trabajo según documental personal presentada, de la cual se advertía que no era profesional. Precisa también, que es hasta el cambio de autoridades municipales -concretamente en la gestión del Alcalde Mario Núñez Segarra- que se la designa como “Lic. Mariela Julieta Velásquez Liendo Responsable de Procesos de Contratación Menores de Bienes y Servicios para el Área de Salud”, yerro que según la recurrente es atribuible al citado burgomaestre
- Por memorial presentado el 28 de mayo de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada Julieta Velásquez Liendo (fs
- Por diligencia de 17 de mayo de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Asimismo, arguye que el Juez de Sentencia no valoró en juicio oral, que si bien
- Como tercer agravio arguye la recurrente que su registro público a nivel departamental, se realizó
- Finalmente, haciendo referencia a las reglas a considerar para la correcta aplicación de la sana
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- En el presente caso, si bien la parte recurrente señala que “…en fecha 18 de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
