Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente refiere que el Tribunal de alzada confirmó la Sentencia apelada en todas sus partes; empero, en la tramitación del proceso se habría omitido valorar la prueba fundamental, condenando al acusado únicamente con base al acuerdo firmado por éste, su abogado y el Ministerio Público, imponiendo una sanción que considera benévola, sin tomar en cuenta que el acusado se encuentra involucrado en otros ocho casos por el mismo delito, en los que actuó con el mismo modus operandi, que se trata de un extranjero Colombiano, que de un tiempo a esta parte se observaría diariamente en nuestra ciudad y nuestro país, cuál el actuar de esas personas que se encuentran involucrados en Homicidios, Asesinatos, Robos Agravados y delitos que tienen que ver con la propiedad, que el acusado se encontraba sentenciado cumpliendo una pena en Palmasola dentro del caso con IANUS 201419900, también por el delito de Robo Agravado; empero, en el cuál registraría otra identidad “Luís Fernando Salgado Valero”; como precedente contradictorio, refiere que la jurisprudencia de este Tribunal fue coincidente en señalar cuál el límite del ámbito de resolución del Tribunal de alzada; que el Auto Supremo 317 de 13 de junio de 2003, estableciendo que el recurso de apelación restringida es un medio para impugnar errores de procedimiento o de aplicación de normas sustantivas, que ocurrieran durante la sustanciación del juicio o emisión de la Sentencia; que en el caso de autos el Tribunal de origen no valoró todas las pruebas y se redujo al acuerdo llegado entre el Ministerio Público, el imputado y su abogado defensor, sin observar el frondoso prontuario del sentenciado, quien con su actuar pondría en zozobra a toda una ciudad y Estado, concretamente a la ciudad de Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 24 de abril del 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
